Documento
Ley N° 9296
Creación del distrito de Carhuacallanga, en la provincia de Huancayo.
- Fecha de Autógrafa: 14-01-1941 Fecha en que el Congreso de la República aprobó el proyecto y firmó el documento final.
Esta es la versión final de la norma enviada para su promulgación. - Fecha de Promulgación: 17-01-1941 Fecha en que el Presidente de la República firmó la autógrafa y ordenó su publicación oficial.
- Tipo de norma: Ley
- Órgano que aprueba (autógrafa): Congreso de la República
- Órgano que promulga:
Presidente de la República Ramón Castilla - Ámbito geográfico:
Distrito de Carhuacallanga, provincia de Huancayo, departamento de Junín.
Documento original:
Resumen · Puntos clave
La Ley N.° 9296 (promulgada el 17/01/1941) crea el distrito de Carhuacallanga en la provincia de Huancayo, departamento de Junín, con capital en el pueblo del mismo nombre.
Incorpora como anexos a Yanacorral y Antacocha (antes del distrito de Huasicancha). Los límites del nuevo distrito son los que circundan al pueblo y anexos que lo integran.
Texto completo
A continuación se presenta el texto completo digitalizado del documento oficial.
LEY N° 9296
Creando el distrito de Carhuacallanga, en la provincia de Huancayo.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por cuanto :
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
Artículo 1°.- Créase en la provincia de Huancayo del Departamento de Junín, el distrito de Carhuacallanga, que tendrá por capital el pueblo del mismo nombre y comprenderá a los anexos de Yanacorral y Antacocha del actual distrito de Huasicancha.
Artículo 2°.- Los límites del nuevo distrito serán los mismos que: circundan al pueblo y anexos que lo constituyen.
Comuníquese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso, en Lima, a los catorce días del mes de enero de mil novecientos cuarenta y uno.
E. Montagne, Presidente del Senado.
Carlos Sayán Alvarez. Presidente de la Cámara de Diputados.
E. Silva y Elguera, Senador Secretario.
Manuel B. Llosa, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
Por tanto:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de enero de mil novecientos cuarenta y uno.
MANUEL PRADO.
G. Garrido Lecca.